MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
CONSTITUCIÓN DE 1991.
-Con la constitución de 1991, los colombianos ya tienen el derechos a participar en la toma de decisiones. en el articulo 103 podemos ver que establece:"Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía:El voto. El plebiscito.El referendo.La consulta popular. El cabildo abierto.La iniciativa legislativa.La revocatoria del mandato.
EL VOTO:
-Es por el cual los colombianos mayores de 18 años eligen a quienes los desean que los represente
en la presidencia, las gobernaciones, las alcaldías, el congreso etc..
EL REFERENDO
-Es por el cual los ciudadanos tienen derecho de aprobar o rechazar una norma.
HAY TRES TIPOS DE REFERENDO:
EL PLEBISCITO:Es el pronunciamiento del pueblo convocado por el presidente de la república mediante el cual apoya o rechaza una decisión del ejecutivo el plebiscito a diferencia del referendo no se vasa entorno a una ley.
LA CONSULTA POPULAR: Previo cumplimiento de los requisitos establecidos por el estatuto de seguridad territorial los gobernadores o alcaldes pueden acudir ante el pueblo para conocer sus expectativas con respecto a un tema de interés regional o local.
EL CABILDO ABIERTO:Es una reunión pública de los consejos distritales, municipales o de las juntas administradoras en el cual ,los habitantes pueden participar directamente para discutir sobre algún tema para el interés de la comunidad.
INICIATIVA LEGISLATIVA:Se le denomina así a la potestad que constitucionalmente se atribuye a uno o más órganos de un estado o territorio para iniciar el procedimiento de trámite de forma válida que culmine en la aprobación, modificación o derogación de una ley.
REVOCATORIA DEL MANDATO: Es un procedimiento de participación civil y político por el cual el cuerpo electoral, como titular de la Soberanía popular y a través del sufragio, puede remover a un funcionario electo antes de expirar el período para el cual fue seleccionado para ser el presidente o alcalde de un pueblo o ciudad.
MECANISMOS CONSTITUCIONALES LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
Los mecanismos de protección ciudadana se ejerce mediante acción judicial y están establecidos para proteger una eventual o real pérdida vulnerarios o amenazas de los derechos fundamentales consagrados en la constitución política .
EL DERECHO DE PETICIÓN
Es un importante documento constitucional inglés que establece garantías concretas para los súbditos, garantías que el rey tiene prohibido vulnerar. Concedida el 7 de junio de 1628, la petición contiene restricciones sobre impuestos no establecidos por el parlamento,acontecimiento forzado de soldados en casas particulares, encarcelamiento sin causa y restricciones en el uso de la ley marcial .
SOLICITUD DE PETICIÓN DE INFORMACIÓN
Petición que se hace a las autoridades para que esta den a conocer como han actuado en caso concreto entreguen información general sobre la entidad expidan copias y/o permitan el examen de la documentación que reposa la entidad .
PETICIONES DE INTERÉS PARTICULAR O GENERAL
Cuando se hace llegar a las autoridades una solicitud sobre una materia sometida a actuación administrativa con el fin que se tomen medidas pertinentes sean esta de carácter individual o colectivo.
CONSULTAS
Petición que se representa a las autoridades para que manifiesten su parecer sobre materias relacionadas con su atribuciones y competencias.
QUEJAS
Es la manifestación que se realiza antes las autoridades sobre la conductas irregulares de servidores públicos o particulares que ejercen funciones publica.
RECLAMOS
Cuando se anuncia a las autoridades la suspecion injustificada o la presentación deficiente de un ser-vivo publico.
MANIFESTACIONES
Es la opinión del peticionario que se hace llegar a las autoridades sobre una materia sometida a actuación administrativa.
HABEAS CORPUS
Es un mecanismo para la protección del derecho a la libertad individual procede cuando alguien es capturado con violación de las garantías constitucionales o legales.
HABEAS DATA
Es el derecho constitucionales que tienen todas las personas a conocer actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades publicas y privadas.
ACCIÓN DE TUTELA
La acción de tutela es como se denomina al mecanismo previsto en el artículo 86 de la constitución política colombiana vigente, que se busca proteger los derechos constitucionales fundamentales de los individuos .
ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO
Es un mecanismo mediante el cual toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de normas aplicable con fuerza material de la ley o actos administrativos.
ACCIÓN POPULAR
Es un mecanismo judicial encaminado a la protección de los derechos e intereses colectivos para evitar el daño contingente hacer cesar el peligro la amenaza la vulnerario o agravio y de ser posible restituir las cosas a su estado anterior.
ACCIÓN DE GRUPO
Mecanismo cercano a las acciones populares pero se diferencia en cuanto a que están instituidas para proteger a mínimo veinte personas que han sido afectadas por la misma